{"id":36979,"date":"2015-09-29T19:32:59","date_gmt":"2015-09-30T00:32:59","guid":{"rendered":"http:\/\/agenciare.com\/?p=36979"},"modified":"2015-09-29T19:32:59","modified_gmt":"2015-09-30T00:32:59","slug":"el-frente-mexiquense-en-defensa-para-una-vivienda-a-c-le-solicta-al-lic-jorge-alberto-garza-chavez-juez-quinto-de-distrito-en-baja-california-con-residencia-en-mexicali-para-que-suspenda-el-concu","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/mexpress.info\/index\/2015\/09\/el-frente-mexiquense-en-defensa-para-una-vivienda-a-c-le-solicta-al-lic-jorge-alberto-garza-chavez-juez-quinto-de-distrito-en-baja-california-con-residencia-en-mexicali-para-que-suspenda-el-concu\/","title":{"rendered":"EL FRENTE MEXIQUENSE EN DEFENSA PARA UNA VIVIENDA A.C., LE SOLICTA AL LIC. JORGE ALBERTO GARZA CHAVEZ, JUEZ QUINTO DE DISTRITO EN BAJA CALIFORNIA CON RESIDENCIA EN MEXICALI, PARA QUE SUSPENDA EL CONCURSO MERCANTIL N\u00daMERO 35\/2014, PROMOVIDO POR LA EMPRESA URBI DESARROLLOS URBANOS, SOCIEDAD AN\u00d3NIMA BURSATIL DE CAPITAL DE VARIABLE."},"content":{"rendered":"<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p>El d\u00eda de hoy <strong>El Frente Mexiquense en Defensa Para Una Vivienda Digna A.C.,<\/strong> present\u00f3 el recurso jur\u00eddico al <strong>Juez Lic. Jorge Alberto Garza Ch\u00e1vez, Titular del Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Baja California con Residencia en la Ciudad de Mexicali,<\/strong> para que <strong>s<u>uspenda y Cancele el Concurso Mercantil<\/u><\/strong> <strong><u>N\u00fameros de Expedientes: <\/u><\/strong><strong>35\/2014, 51\/2014, 42\/2014 y 48\/2014, promovido por: URBI DESARROLLOS URBANOS SOCIEDAD AN\u00d3NIMA BURSATIL DE CAPITAL VARIABLE,( PERSONA MORAL QUE SE OBLIGO COMO DEUDORA PRINCIPAL Y LAS DIVERSAS CONCURSADAS) COMO: CYD DESARROLLOS URBANOS, SOCIEDAD AN\u00d3NIMA DE CAPITAL VARIABLE, PROMOCI\u00d3N Y DESARROLLOS URBI SOCIEDAD AN\u00d3NIMA DE CAPITALVARIABLE Y CONSTRUCTORA METROPOLITANA URBI SOCIEDAD AN\u00d3NIMA DE CAPITAL VARIABLE, <\/strong>se designo a <strong>Federico Gabriel Luccio Decanini como Conciliador del Concurso Mercantil<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><u>Por violar de manera reiterada y permanente el derecho humano de segunda generaci\u00f3n, para que nuestras familias disfruten de vivienda digna y decorosa, porque las empresas constructoras antes se\u00f1aladas nos defraudaron, as\u00ed como tambi\u00e9n le solicitamos que se\u00a0 declare la quiebra de estas empresas, toda ves que los recursos que obtuvieron de sus acreedores y quienes participan en la elaboraci\u00f3n del <strong>Plan Concursal de Reestructura,<\/strong> seguir\u00e1n obteniendo recursos para seguir construyendo viviendas que no cumplen con la estructura b\u00e1sica de Infraestructura de las obras de urbanizaci\u00f3n.<\/u><\/p>\n<p><strong><u>\u00a0<\/u><\/strong><\/p>\n<p><strong><u>Adem\u00e1s el recurso que presentamos esta sustentado por los actos delictivos que fueron consignados, radicados en la causa penal 76\/14 y detenido uno de los representantes legales de la citada empresa: Rene Jaime Mungarro y que cometieron el delito grave de fraccionadores y esta pr\u00f3fugo de la justicia el se\u00f1or Sergio Armando Guevara M\u00e1rquez, ciuadadano que naci\u00f3n en la Ciudad de Tijuana Baja California.<\/u><\/strong><\/p>\n<p><strong><u>\u00a0<\/u><\/strong><\/p>\n<p>El viernes 28 de agosto de 2015 en la <strong>Aduana Fronteriza<\/strong> conocida como: <strong>Colombia Monterrey en el Estado de Nuevo Le\u00f3n<\/strong> a las 7 a.m. pretendia darse a la fuga y fue detendido: <strong>Ren\u00e9 Jaime Mungarro<\/strong> por integrantes de la <strong>Polic\u00eda Fronteriza de los Estados Unidos de Norteamerica, y gracias a la Ficha Roja elaborada por la Polic\u00eda Ministerial del Estado de M\u00e9xico y por la Interpol M\u00e9xico.<\/strong><\/p>\n<p><strong>Ren\u00e9 Jaime Mungarro<\/strong> ex <strong>representante legal de la empresa constructora:<\/strong> <strong>URBI DESARROLLOS URBANOS S.A. DE C.V.<\/strong>, <u>estuvo profugo y evadiendo la justicia durante de 175 d\u00edas, y pretend\u00eda darse a la fuga para esconderse en la <strong>Ciudad de Houston Texas.<\/strong><\/u><\/p>\n<p>La dentenci\u00f3n se dio en cumplimiento a la \u00f3rden de aprehensi\u00f3n girada el pasado 10 de marzo de 2015 por la <strong>Lic. Araceli Mata Ju\u00e1rez, Juez Primero de Primera Instancia del Distrito Judicial de Ecatepec, con Residencia en el Penal de Chiconuatla <\/strong>dentro de la <strong>Causa Penal: 76\/2014-2<\/strong> y como resultado de la investigaci\u00f3n realizadana en la <strong>Averiguaci\u00f3n Previa<\/strong> <strong>TOL\/DR\/I\/490\/2010, <\/strong>por la <strong>Fiscal\u00eda de Delitos Cometidos Por Fraccionadores de la Procuradur\u00eda General de Justicia del Estado de M\u00e9xico.<\/strong> <u>Lo importante es que est\u00e1n asegurado los Conjuntos Habitacionales Villa del Real Quinta Secci\u00f3n Fase I y II y Sexta Secci\u00f3n y la Manzana 16, los cuales ser\u00e1n decomisados por el <strong>Juez Primero de Primera Instancia en materia Penal<\/strong> y por el <strong>Poder Judicial del Estado de M\u00e9xico<\/strong>.<\/u><\/p>\n<p><u>El delito que cometi\u00f3 es grave y no alcanza la libertad bajo fianza porque el il\u00edcito de fraccionadores fue cometido en contra de la colecticvidad, y estas conduntas ilicitas est\u00e1n tipificadas en los art\u00edculos 9\u00ba y 189\u00ba del C\u00f3digo Penal del Estado de M\u00e9xico,<\/u> se actualizaron las hipotesis de estos delitos en las normas penales, en virtud de que: <strong>Ren\u00e9 Jaime Mungarro y Sergio Amanado Guevara (pr\u00f3fugo de la justicia)<\/strong>, <u>cometieron el delito grave de <strong>Fraccionadores <\/strong>en los Conjuntos Urbanos de Villa del Real Quinta Secci\u00f3n Fases I y II y Sexta Secci\u00f3n y manzana,\u00a0 porque <strong>enajenaron, vendieron y gravaron las viviendas sin tener el permiso previo de la autoridad administrativa correspondiente, as\u00ed como tambi\u00e9n tampoco contaron con la\u00a0 autorizaci\u00f3n para el inicio de las<\/strong> <strong>obras de urbanizaci\u00f3n y equipamiento.<\/strong><\/u><\/p>\n<p><strong>Ren\u00e9 Jaime Mungarro y Sergio Armando Guevara M\u00e1rquez<\/strong>, como representantes de la empresa: <strong>URBI DESARROLLOS URBANOS S.A. DE C.V., CYD DESARROLLOS URBANOS S.A. DE C.V., PROMOCI\u00d3N Y DESARROLLOS URBI S.A. DE C.V., CONSTRUCTORA METROPOLITANA URBI S.A. DE C.V.,<\/strong> tambi\u00e9n cometieron el <strong>Delito de Fraccionadores<\/strong> por que simularon la entrega al gobierno del Estado de M\u00e9xico y la municipalizaci\u00f3n de las obras de urbanizaci\u00f3n al Muncipio de Tec\u00e1mac siendo presidente municipal: <strong>Aar\u00f3n Urbina Bedolla (presidente municipal por cuarta ocasi\u00f3n y que toma protesta el pr\u00f3ximo 1\u00ba de enero de 2016).<\/strong><\/p>\n<p>La simulaci\u00f3n de la entrega de las obras de ubanizaci\u00f3n consisti\u00f3 en lo siguiente: <strong>no promovieron pr\u00f3rrogas para terminar las obras de urbanizaci\u00f3n (red de distribuci\u00f3n de agua potable, drenaje, alcantarillado, Red energ\u00eda el\u00e9ctrica, alumbrado p\u00fablico) equipamiento, les devolvieron las fianzas del 100% a los representantes de URBI DESARROLLOS URBANOS S.A. DE C.V. a favor del gobierno del estado de M\u00e9xico sin que terminaran de construir y entregar las obras de urbanizaci\u00f3n, con la complicidad de los servidores p\u00fablicos de la Secretar\u00eda de Desarrollo Urbano y del Municipio de Tec\u00e1mac, no han realizado las actas de entrega total y definitiva de los conjuntos habitacionales, simularon actas de entrega parcial y totales y definitivas y tambi\u00e9n simularon la supervisi\u00f3n de las bit\u00e1coras de construcci\u00f3n.<\/strong><\/p>\n<p>Todos estos actos delictivos estan descritos en 320 fojas de la <strong>Consignaci\u00f3n de fecha 30 de diciembre de 2014 de la Averiguaci\u00f3n Previa TOL\/DR\/I\/490\/2010<\/strong> y determinada por el Agente del Ministerio P\u00fablico Adscrito al <strong>Juzgado Primero de Primera Instancia del Distrito Judicial de Ecatepec estado de M\u00e9xico, con Residencia en el Penal de Chiconuatla, <\/strong><u>Maestro e Derecho Penal Antonio S\u00e1nchez Maldonado. <\/u><\/p>\n<p>La consignaci\u00f3n consta de <strong>15,720 fojas y 312 medios probatorios<\/strong> compuesto de <strong>XIX Tomos de pruebas.<\/strong> <strong>La Causa Penal 76\/14,<\/strong> <strong><u>Ofendidos la Colectividad<\/u><\/strong><u> compuestas por <strong>6,285 viviendas y los Acudasos Sergio Armando Guevara Marquez y Ren\u00e9 Jaime Mungarro<\/strong> representantes legales de las empresas se\u00f1alas con aterioridad y que participan en el presente <strong>Concurso Mercantil.<\/strong><\/u><\/p>\n<p>Si bien es cierto que el art\u00edculo 84\u00ba de concursos mercantiles: <u>no acumula el recurso que promovemos en el concursos mercantil por no ser acredores,<\/u> <strong>no es menos cierto que estamos ante una norma de derecho positivo, de una Ley secundar\u00eda expedida por el Congreso de la Uni\u00f3n, pero esta norma no tiene supremac\u00eda sobre los Tratados Internaciones como El Pacto Internacional de Derechos Econ\u00f3micos Sociales y Culturales y m\u00e1xime sobre la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de los Estados Unidos Mexicanos, concretamente en lo referente al art\u00edculo 1\u00ba de los Derechos Humanos y las Garant\u00edas Constitucionales.<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El art\u00edculo 84\u00ba de <strong><em>Ley de Concursos Mercantiles<\/em><\/strong> se\u00f1ala lo siguiente:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong><em>\u201cArt\u00edculo 84.-<\/em><\/strong><em> Las acciones promovidas y los juicios seguidos por el Comerciante, <u>y las promovidas y los seguidos contra \u00e9l, que se encuentren en tr\u00e1mite al dictarse la sentencia de concurso mercantil, que tengan un contenido patrimonial, no se acumular\u00e1n al concurso mercantil,<\/u> sino que se seguir\u00e1n por el Comerciante bajo la vigilancia del conciliador, para lo cual, el Comerciante debe informar al conciliador de la existencia del procedimiento, al d\u00eda siguiente de que sea de su conocimiento la designaci\u00f3n de \u00e9ste\u201d.<\/em><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El presente recursos se sustenta en el art\u00edculo <strong>1\u00ba p\u00e1rrafo segundo de la Carta Magna,<\/strong> en virtud de que las: <em>\u201cnormas relativas a los derechos humanos se interpretar\u00e1n de conformidad a la Constituci\u00f3n y a los Tratados Internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protecci\u00f3n m\u00e1s amplia, es decir, el <strong>Principio (Pro Homine)\u201d.<\/strong><\/em><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p>Nuestro recurso se basa en el <strong>Principio (Pro Homine)<\/strong>, que ya fue interpretado por los <strong>Tribunales Colegiados de Circuito,<\/strong> con la tesis en <strong>Materia Constitucional<\/strong> de la <strong>D\u00e9cima \u00c9poca<\/strong>, y publicada en el <strong>Semanario Judicial de la Federaci\u00f3n y su Gaceta Libro IV, enero de 2012,<\/strong> y que se titula: <strong><em>DERECHOS HUMANOS. EL RELATIVO A UNA VIVIENDA DIGNA Y DECOROSA DEBE SER ANALIZADO A LA LUZ DE LOS PRINCIPIOS PLASMADOS EN LA CONSTITUCI\u00d3N \u00a0\u00a0\u00a0 FEDERAL Y TRATADOS INTERNACIONALES, A PARTIR DE UNA INTERPRETACI\u00d3N M\u00c1S AMPLIA QUE FAVOREZCA EN TODO MOMENTO A LAS PERSONAS (AMPLIACI\u00d3N DEL ART\u00cdCULO 1\u00ba., P\u00c1RRAFO SEGUNDO, CONSTITUCIONAL-PRINCIPIO PRO HOMINE).<\/em><\/strong><\/p>\n<p>Es preciso se\u00f1alar que existe todo el fundamento constitucional para que el <strong>Juez Lic. Jorge Alberto Garza Ch\u00e1vez, Titular del Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Baja California con Residencia en la Ciudad de Mexicali, <\/strong>decrete la cancelaci\u00f3n y la quiebra del Grupo Constructor Urbi, por violar los derechos humanos de vivienda digna y decorosa, y mediante este procedimiento se obligue a la reparaci\u00f3n de los da\u00f1os por ser la colectividad nuestra la afectada.<\/p>\n<p>En este mismo sentido queremos se\u00f1alar que el presidente del <strong>Consejo de Administraci\u00f3n del Grupo Constructor Urbi Desarrollos Urbanos: Cuauht\u00e9moc P\u00e9rez Rom\u00e1n<\/strong>, <u>no quiso a presentarse a declarar el pasado 5 de junio de 2015 a las 10 horas a fin de ratificar su escrito presentado en la Fiscal\u00eda de Fraccionadores el d\u00eda 29 de mayo del a\u00f1o en curso: as\u00ed como acreditar su personalidad jur\u00eddica, <strong>P\u00e9rez Rom\u00e1n<\/strong> se neg\u00f3 a ratificar, y acreditar su personalidad en virtud de que cambiar\u00eda su calidad de testigo a presunto responsable del delito de fraccionadores. <\/u><\/p>\n<p>Desde \u00e9sta ciudad de Mexicali queremos decirle al presidente de la Rep\u00fablica: <strong>Enrique Pe\u00f1a Nieto<\/strong> que deje de proteger al <strong>presidente del Consejo de Administraci\u00f3n del Grupo Constructor Urbi Desarrollos Urbanos: Cuauht\u00e9moc P\u00e9rez Rom\u00e1n<\/strong>, la cercan\u00eda entre el primer mandatario y los <strong>hermanos P\u00e9rez Rom\u00e1n<\/strong> es muy conocida, al grado que <strong>Pe\u00f1a Nieto<\/strong> inici\u00f3 su primer acto como candidato del PRI a las presidencia de la Rep\u00fablica en en el desayuno que le organizaron empresarios en la residencia de <strong>Nezahualc\u00f3yotl P\u00e9rez Rom\u00e1n.<\/strong><\/p>\n<p><u>Por este motivo los hermanos <strong>Cuauht\u00e9moc y Nezahualc\u00f3yotl P\u00e9rez Rom\u00e1n,<\/strong> dirigen <strong>la econom\u00eda del crimen inmobiliario e Hipotecario en M\u00e9xico<\/strong>,<\/u> delitos que han cometido en diversos estados de la Rep\u00fablica mexicana mediante las siguientes empresas: <strong>Ingenieria y Obras S.A. DE C.V., Inmobiliaria y Constructora PAC-MEX, S.A. DE C.V., Herof Desarrolladora del Sur S.A. DE C.V., Lufro Desarrolladora del Bajio, S.A. DE C.V., Constructora y Desarrolladora de Occidente S.A. DE C.V., Obras y Desarrollos Urbi S.A. DE C.V., Pulsora M\u00e9xicana de Parques Industriales S.A. DE C.V., Desarrolladora Mex-Centro, S.A. DE C.V., Finaciera Urbi, S.A. DE C.V., Desarrolladora Armmed Norte S.A. DE C.V., Urbi Construcciones del Pac\u00edfico S.A. DE C.V., TEC Dise\u00f1o e Ingenier\u00eda S.A. DE C.V,<\/strong><u> y que tambi\u00e9n forman parte del Concurso Mercantil.<\/u><\/p>\n<p><strong>Atentamente<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Lic. Jos\u00e9 Humbertus P\u00e9rez Espinoza<\/strong><\/p>\n<p><strong>Presidente y Representante Lega<\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>&nbsp; \u00a0 El d\u00eda de hoy El Frente Mexiquense en Defensa Para Una Vivienda Digna A.C., present\u00f3 el recurso jur\u00eddico al Juez Lic. 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