El Pleno de la Comisión de Transparencia y Acceso a la Información del Estado de Nuevo León (COTAI) revocó la reserva parcial que decretó la Secretaría de Finanzas y Tesorería del Estado a información relacionada al número de carpetas de investigación iniciadas por la Unidad de Inteligencia Financiera y Económica estatal.

La revocación se emitió en la 18ª. Sesión Ordinaria del Pleno, encabezada por el Comisionado Presidente, Bernardo Sierra Gómez, así como por las y el Comisionado Vocal, María de los Ángeles Guzmán García, María Teresa Treviño Fernández y Francisco Guajardo Martínez.

Sierra Gómez explicó que un particular solicitó información relativa al número de carpetas de investigación, su avance porcentual y sobre actividades de interés público que realiza la Unidad de Inteligencia Financiera y Económica del Estado.

“El sujeto obligado, la Secretaría de Finanzas y Tesorería del Estado, decretó la reserva parcial de la información por considerar que conforme al artículo 23 Bis de su reglamento interior, la información que se genera, analiza y consolida es de carácter reserva y confidencial en términos que establecen los artículos 138 y 141 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado”, explicó el Comisionado Presidente.

“El particular se inconformó ante la COTAI al argumentar que el sujeto obligado bloqueó su derecho ciudadano de saber lo solicitado, ya que en ningún momento exigió datos personales”.

Por su parte, la Secretaria de Finanzas y Tesorería del Estado al rendir su informe ante este órgano garante reiteró su respuesta justificando la reserva de la información en base a las fracciones I, IV, X del artículo 138 de la ley de transparencia estatal.

“Sin embargo, tras analizar la reserva se encontró que no se justifica, porque lo que se solicita es información estadística, que no revela ningún dato personal y, por lo cual, no es información catalogada como reservada o confidencial”, dijo el Comisionado Presidente.

“El Pleno aprobó, en base a los dispuesto en el artículo 176 fracción III de la ley en la materia, revocar la reserva invocada por el sujeto obligado, a fin de que entregue la información solicitada por el particular”.

Por otra parte, el Comisionado Presidente dijo que la COTAI ordenó a la Dirección de Catastro del Instituto Registral y Catastral del Estad de Nuevo León proporcionar a un particular la base de datos geográfica, que contiene polígonos de predios con clave catastral, polígonos de colonias con nombre de colonia, polígonos de construcción con clave catastral y número de nivel.

“El Sujeto obligado respondió que la información no puede proporcionada por ser reservada, en base al artículo 69 del Código Fiscal del Estado de Nuevo León y que la misma no se encuentra en el formato vectorial (shapefile) como lo requiere el promovente,”, relató.

“El Pleno resolvió que la autoridad deberá proporcionar la información solicitada en el formato en que se encuentre en su base de datos, protegiendo aquella que nos es susceptible de acceso público por ser reservada o confidencial”.

La COTAI también resolvió que la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción deberá proporcionar en la modalidad requerida, y notificándole los costos de reproducción y certificación, a un particular que solicitó todos los contratos de los miembros del Comité de Participación Ciudadana.

Sierra Gómez informó que el Pleno también aprobó aplicar amonestaciones públicas a las y los alcaldes de los Municipios de General Zaragoza; Juan Arturo Guevara, a la de Doctor González; Mayra Ábrego Montemayor y al de General Bravo; Édgar Cantú Fernández.

“A los tres se les dictó obligaciones por incumplir con la publicación de obligaciones de transparencia, pero a la fecha no se cuenta con documento alguno en el cual justifiquen el cumplimiento de las mismas”, detalló.

Mientras que al municipio de los Ramones se le ordenó buscar la información solicitada por un particular sobre la relación analítica mensual completa de pagos hechos a contratistas, proveedores, representaciones, asesorías y en general de todas las erogaciones que se realizaron por la Tesorería Municipal correspondientes a los meses de enero a diciembre del 2019, y de enero a junio y de agosto a diciembre del 2020.

“El solicitante se inconformó porque la autoridad puso a disposición la información en consulta directa en la oficina municipal, cuando pidió que se le proporcionará a través de la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT)”, agregó.

“Además, la autoridad proporcionó dos ligas electrónicas señalando que ahí se encontraba la información solicitada, pero no contiene toda la información prevista en los criterios que establecen los Lineamientos Técnicos Generales del Artículo 95 de la ley de transparencia estatal y tampoco arroja la información requerida”.

En otros de los expedientes, el Pleno resolvió una denuncia en contra del municipio de Rayones por no publicar la remuneración de los servidores públicos, correspondientes a los meses de enero a diciembre de 2020, en la PNT.

“El Pleno declaró fundada la denuncia por incumplir con el correcto llenado del formato nueve del artículo 95 de la ley en la materia, sobre la denominación o descripción del puesto, denominación del cargo, área de adscripción y la nota”, comentó.

“Se le ordenó al sujeto obligado actualizar la información en la PNT en un plazo no mayor de 15 días hábiles, a partir del día siguiente de su notificación de la resolución”.

El Pleno emitió 15 resoluciones y tres acuerdos.

 

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