El Consejo General de la Comisión Estatal Electoral requirió al Partido Movimiento Ciudadano (MC) para que en un plazo de 24 horas modifique la candidatura propietaria de la fórmula para el Distrito 3, a cargo de Tabita Ortiz Hernández, al cumplir con una orden del Tribunal Electoral del Estado de Nuevo León (TEENL) en un juicio de inconformidad; este 18 de abril en Sesión Extraordinaria.
Esto, bajo el apercibimiento que, de no hacerlo, el partido perderá el derecho para postular a alguien más a dicho cargo y el Consejo General designará como propietaria a la suplente de dicha fórmula, Denisse Daniela Puente Montemayor, quedando vacante la diputación suplente y sin posibilidad de que MC pueda sustituirla.
Ortiz Hernández estaba registrada en dos fórmulas de Diputaciones Locales postuladas por Movimiento Ciudadano, en la fórmula para el Distrito 3, y en la Diputación Propietaria de la fórmula 1 Plurinominal, con Sandra Elizabeth Pámanes Ortiz, para la Diputación Suplente.
Cabe mencionar que siguen válidos los registros de Ortiz Hernández y Pámanes Ortiz por la vía de representación proporcional o plurinominal.
También, la CEE determinó que MC deberá sustituir la propaganda de Ortiz Hernández al ya no ser candidata, por la nueva que postule.
Todo lo anterior, se deriva de una sentencia de la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) que declaró inválido el registro de Tabita Ortiz Hernández como candidata propietaria a la diputación del Distrito 3 local postulada por MC, y ordenó al TEENL emitir una nueva resolución sobre la candidatura que avaló a dicha ciudadana, por un juicio de revisión constitucional promovido por el Partido Acción Nacional (PAN).