Durante el proceso electoral que se registra en la entidad, los sujetos obligados deben cumplir con la publicación, actualización y conservación de la información correspondiente a sus obligaciones de transparencia, así lo dijo Bernardo Sierra Gómez, Comisionado Presidente de la Comisión de Transparencia y Acceso a la Información del Estado de Nuevo León (COTAI). 

“También en este período de campaña para elegir a Gobernador, diputados al Congreso del Estado y a los Ayuntamientos, que va del 5 de marzo al 2 de junio del presente año, es importante precisar algunos puntos sobre el cumplimiento de la publicación y actualización de la información relacionada con las obligaciones de transparencia comunes y específicas”, explicó el Comisionado Presidente.

Estas obligaciones, agregó Sierra Gómez, están contempladas en los artículos que van del 95 al 108 de la Ley de la Transparencia y Acceso a la Información Pública del estado de Nuevo León.

Señaló que los sujetos obligados de la entidad deben tener en cuenta:

1.- Antes, durante o posterior al proceso electoral no están exentos de realizar el cumplimiento oportuno de publicación, actualización y conservación de la información correspondiente a las obligaciones de transparencia comunes y específicas, ya que dicha información no constituye propaganda gubernamental.

Así lo establece el artículo 90 de la ley de transparencia estatal:

 “La información publicada por los sujetos obligados, en términos del presente Título, no constituye propaganda gubernamental. Los sujetos obligados, incluso dentro de los procesos electorales, a partir del inicio de las precampañas y hasta la conclusión del proceso electoral, deberán mantener accesible la información en el portal de obligaciones de transparencia, salvo disposición expresa en contrario en la normatividad electoral” 

 

2.- Antes, durante o posterior al desarrollo del proceso electoral, los sujetos obligados del Estado deben cumplir con la publicación, actualización y conservación de la información de las obligaciones de transparencia, tanto en la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT) como en sus portales de internet, conforme a los tiempos establecidos por la ley en la materia y demás normatividad aplicable. 

3.- Durante el proceso electoral 2020 – 2021, los sujetos obligados de Nuevo León, deben atender las solicitudes de acceso a la información pública y garantizar el acceso a la misma, salvaguardando el principio de máxima publicidad. 

Además, las respuestas que se proporcionen deben ser objetivas e imparciales, observando las disposiciones electorales a fin de no incurrir en actos de propaganda gubernamental. 

Sierra Gómez comentó que la COTAI girará un oficio a todos los sujetos obligados de la entidad precisando estos puntos, a fin de que continúen cumpliendo con sus obligaciones de transparencia y respondiendo a las solicitudes de información que les haga la sociedad, tal como lo establece la ley de transparencia estatal.

“Nosotros como órgano garante estamos para orientar a las autoridades en el cumplimiento de publicar y actualizar sus obligaciones de transparencia y, a la vez, atentos a las denuncias de la sociedad cuando no se da respuesta a sus solicitudes de información”, mencionó.

 

  

 

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