En Sesión Ordinaria que presidió el Alcalde Héctor Castillo Olivares, el Cabildo de Santa Catarina aprobó por unanimidad la incorporación de 89 fraccionamientos que datan de los años 1982 al 2011, en los cuales presta servicios públicos la Administración, que refuerza su actuación eficiente y transparente, a fin de que los ciudadanos cuenten con la certidumbre jurídica y urbana de sus propiedades.
El Regidor Daniel Partida Torres dio lectura al dictamen firmado por el Secretario de Desarrollo Urbano y Ecología (SEDUE) del Municipio, Carlos García Astorga, en el cual se solicita la incorporación de 89 fraccionamientos que no fueron formalmente entregados al Gobierno de Santa Catarina, ya que los fraccionadores no han concluido sus procesos administrativos.
En base a la Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León, el Ayuntamiento es competente para conocer de este asunto de acuerdo a la Ley del Gobierno Municipal del Estado de Nuevo León.
“La incorporación de 89 fraccionamientos reforzaría por un lado la actuación eficiente y transparente que ha caracterizado a la presente Administración y desde otra perspectiva, brindaría una vivienda digna y decorosa como derecho fundamental que tiene toda persona”, dijo el edil.
El Regidor Daniel Partida expuso que del total de los fraccionamientos se contabilizan 28 mil 381 casas habitación y 131 lotes comerciales, donde se brindaría certeza jurídica a su patrimonio y mejoraría la plusvalía de sus propiedades, toda vez que dichos fraccionamientos datan de los años 1982 al 2011.
“Por diversas causas al día de hoy, la autoridad municipal ha tenido diferentes necesidades en las colonias, desde pavimento, gestión de electricidad, introducción de drenaje pluvial, recolección de basura y seguridad pública, acorde a las atribuciones que dispone el Reglamento Orgánico de la Administración Pública de Santa Catarina”, explicó.
El Regidor Partida Torres recalcó que al incorporar los 89 fraccionamientos, todas las inversiones del Gobierno Municipal estarían en concordancia con el artículo 115, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en donde se establece la obligación constitucional del Municipio de encargarse de los servicios públicos primordiales.