El Congreso del Estado aprobó, en sesión extraordinaria, la reforma al artículo 57 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Nuevo León, para hacer frente a la violencia política en contra de las mujeres.
“La violencia política contra las mujeres por razón de género comprende todas aquellas acciones u omisiones tanto en la esfera pública o privada, que busquen o tenga por objeto o resultado limitar,
anular o menoscabar el ejercicio de los derechos político electorales de una o varias mujeres, el acceso al ejercicio de un cargo, labor o actividad, el libre desarrollo de la función pública, la toma de decisiones, la libertad de organización o bien el acceso y ejercicio a las prerrogativas cuando se trate de precandidaturas, candidaturas,
funciones o cargos públicos del mismo tipo”, mencionó el Diputado
Félix Rocha al leer el dictamen en el Pleno Legislativo.
Con la modificación se homologa la adición realizada a la Ley General de Responsabilidades Administrativas, con su correspondiente Ley local del Estado de Nuevo León, pues como bien lo señala la
promovente, Diputada Claudia Tapia, entre otras reformas se modificó el artículo 57 de la Ley General señalada, para quedar como se transcribe a continuación:
Artículo Único. Se reforma el artículo 57 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Nuevo León, para quedar como sigue:
Artículo 57. Incurrirá en abuso de funciones el servidor público que
ejerza atribuciones que no tenga conferidas o se valga de las que
tenga, para realizar o inducir actos u omisiones arbitrarios, para
generar un beneficio para sí o para las personas a las que se refiere el
artículo 52 de esta Ley o para causar perjuicio a alguna persona o al
servicio público; así como cuando realice por sí o a través de un tercero, alguna de las conductas descritas en la fracción VI del artículo 6, de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
El dictamen fue aprobado por mayoría por los Legisladores.