La Comisión de Justicia y Seguridad del Congreso de Nuevo León aprobó hoy por unanimidad tipificar la trasmisión voluntaria o de manera negligente de una enfermedad infecciosa como delito penal, además de legislar por primera vez sobre las agresiones o ataques con ácidos u otras sustancias, los cuales también recibirían pena de cárcel y sanciones económicas.

Ambas iniciativas, a par de modificaciones que agravan el delito de violencia intrafamiliar deberán de ser aprobadas en el pleno del Congreso local, para entrar en vigor.

En el caso de La que puede ser llamada Ley COVID-19, es una reforma al Código Penal en los artículos 303 bis y 340, y se adiciona un capitulo denominado Peligro de Contagio, complementándose a los artículos en el que se establece como delito la transmisión de cualquier enfermedad contagiosa por parte de una persona enferma, el cual, bajo conocimiento pleno de su condición de salud y de aislamiento, infecte a otras personas.

La medida fue planteada por la fracción de diputados de Morena y establece de tres a seis años de cárcel y de 100 a 500 cuotas de multa al responsable de contagiar a terceros, siempre y cuando él o los afectados presenten una demanda penal.

En el caso de la tipificación del delito de ataques o agresiones con ácidos u otras sustancias dañinas para el cuerpo, la iniciativa fue planteada por la diputada Ivonne Bustos del Partido Verde.

Ambas iniciativas de reformas deberán ser aprobadas por el pleno en una próxima sesión.

También se buscará el voto de los legisladores para modificar los artículos 287 y 287 bis, y se adiciona el artículo 287 bis 6, del Código Penal para el Estado de Nuevo León, a fin de elevar las sanciones corporales y económicas a quienes violenten a una mujer y otros integrantes de una familia.

Por Mexpress

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