Presenta Diputada Myrna Grimaldo iniciativa de reforma al Código Penal del Estado.
Propone tipificar cinco conductas delictivas entre ellas el retiro de su patente.
Con el propósito de tipificar como delitos, acciones cometidas o que puedan cometer los notarios públicos en contra de personas físicas o morales, y así salvaguardar el interés o bien público sobre cualquier interés privado o ilegítimo, el Grupo Legislativo de Acción Nacional presentó una reforma al Código Penal del Estado.
La propuesta fue realizada por la Diputada Myrna Grimaldo Iracheta en la sesión ordinaria del Congreso Local.
Se trata de adiciones a los artículos 452 al 458 del Código Penal para el Estado de Nuevo León, a fin de agregar un nuevo Título que contenga los delitos contra la fe pública.
Dentro de la propuesta se plantea sancionar penalmente al Notario Público que haga constar en escritura pública una propiedad a nombre de una persona física o moral, a sabiendas de que pertenece a otra, que haga constar en un instrumento mediante el cual se materialice un pacto de usura o cualquier otro que implique la comisión de un delito.
Asimismo, al que a sabiendas protocolice un acta constitutiva de una persona moral, que constituya simulación de actos jurídicos, o protocolice un acto que implique la violación a una ley.
“Con la presente iniciativa se pretende adicionalmente blindar jurídicamente todos y cada uno de los actos jurídicos que son plasmados y protocolizados en sus respectivos libros para que así conlleven a generar documentos indubitables para todos los efectos contra terceros. En medios de comunicación hemos conocido de hechos lamentables que suceden por un abuso de la función notarial, cometida por quienes tienen a su cargo la misma”, expresó Myrna Grimaldo.
Grimaldo Iracheta indicó que se propone tipificar cinco conductas delictivas que pueden cometer los notarios públicos.
“En el artículo 457 se propone establecer como sanción además de la pena de prisión y la multa, la de revocación de la patente para ejercer la función notarial, ello para que la sanción por la conducta delictiva sea ejemplar, además de salvaguardar debidamente el interés o bien público que sobre todas las cosas es el fundamento último de las leyes y en particular del Código Penal, que es el cuerpo normativo que nos ocupa”, detalló la legisladora de Acción Nacional.
También se establece un delito contra la fe pública cometido por particulares mediante la adición del artículo 458, ello para sancionar penalmente a los particulares que proporcionen información falsa al Notario Público, en actos que creen, transmitan, modifiquen o extingan derechos y obligaciones”, añadió.
Dentro de las sanciones económicas que contempla esta iniciativa indicó que existe un rango de multa que va de los 48 mil pesos hasta 168 mil pesos.